La iniciativa impulsada por el oficialismo avanza hacia la Cámara de Diputados con cambios en el régimen de restitución de inmuebles. Mantiene el plazo de diez días para intimar el pago de alquileres de vivienda, pero incorpora mecanismos para acelerar los procesos judiciales en casos de incumplimiento o tenencia precaria.
El Senado otorgó media sanción al proyecto de reforma de la Ley de Propiedad Privada, una iniciativa promovida por el oficialismo que introduce modificaciones en el régimen de alquileres y en distintos aspectos relacionados con la propiedad inmueble. El texto ahora deberá ser debatido por la Cámara de Diputados.
Uno de los principales ejes de la propuesta apunta a agilizar los procesos judiciales de desalojo en determinadas situaciones, aunque mantiene sin modificaciones el plazo de diez días corridos para que un inquilino de una vivienda regularice una deuda antes de que el propietario pueda iniciar una demanda por falta de pago.
La iniciativa modifica el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación con el objetivo de reducir los tiempos de restitución de inmuebles cuando exista un incumplimiento contractual o una ocupación sin derecho. Desde el oficialismo sostienen que los cambios buscan brindar mayor seguridad jurídica a los propietarios y otorgar mayor previsibilidad al mercado inmobiliario.
Qué cambia con la reforma
Durante el tratamiento legislativo se aclaró que el proyecto no modifica el régimen de las usurpaciones, que continuarán siendo consideradas delitos y seguirán tramitándose por la vía penal.
En cambio, las nuevas disposiciones alcanzan a los desalojos civiles que involucren a locatarios, sublocatarios, tenedores precarios e intrusos.
Uno de los cambios más importantes es la posibilidad de que, en determinados casos de ocupación irregular o tenencia precaria, un juez pueda ordenar la restitución inmediata del inmueble cuando el propietario acredite documentalmente su derecho y presente una caución juratoria.
Además, la iniciativa incorpora el uso de notificaciones electrónicas cuando las partes hayan constituido un correo electrónico en el contrato de alquiler, con el objetivo de agilizar las comunicaciones judiciales.
El proyecto también establece que los propietarios no podrán rechazar la devolución de las llaves por parte del inquilino, aunque conservarán la posibilidad de reclamar judicialmente el cobro de las deudas pendientes.
Protección para personas vulnerables
Otro de los puntos incorporados dispone que, antes de ejecutar un desalojo en el que haya menores de edad o personas en situación de vulnerabilidad, deberán intervenir los organismos competentes para garantizar una respuesta habitacional transitoria.
Según el oficialismo, esta medida busca compatibilizar la protección del derecho de propiedad con la asistencia a quienes atraviesen situaciones de mayor vulnerabilidad.
Posturas enfrentadas
Desde el Gobierno y sectores vinculados al mercado inmobiliario consideran que la reforma permitirá reducir los tiempos de los litigios, generar mayor seguridad jurídica y facilitar el acceso a contratos de alquiler con menores exigencias para los inquilinos.
En sentido contrario, organizaciones que representan a los inquilinos cuestionaron el proyecto al considerar que la aceleración de los desalojos podría limitar las posibilidades de defensa de quienes enfrenten dificultades económicas para cumplir con el pago de los alquileres.
Otros cambios que incorpora el proyecto
Además de las modificaciones vinculadas a los alquileres, la iniciativa incluye reformas en el régimen de expropiaciones, habilita la utilización de documentación digital en los Registros de la Propiedad Inmueble y actualiza aspectos de la Ley Pierri sobre regularización dominial.
No obstante, el aspecto que concentró la mayor parte del debate parlamentario fue el nuevo esquema para la restitución de inmuebles y la agilización de los desalojos en el ámbito civil.
